Cómo casarse por lo civil en España (Guía y plazos 2026)

Artículo revisado y actualizado a 2026 conforme a la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria.
Casarse por lo civil en España es el trámite legal que convierte a dos personas en cónyuges ante el Estado, sin necesidad de ceremonia religiosa. Aunque suena sencillo, el proceso implica reunir documentos, abrir un expediente matrimonial y respetar unos plazos que varían según la comunidad autónoma.
Si estás planificando tu boda civil y no sabes por dónde empezar, esta guía te lleva paso a paso desde el primer papel hasta el «sí, quiero» en el juzgado, el ayuntamiento o el lugar que elijáis.
Índice
- Puntos clave
- ¿Qué es el matrimonio civil y quién puede casarse?
- Documentos necesarios para casarse por lo civil
- El expediente matrimonial paso a paso
- Plazos y tiempos reales que debes prever
- ¿Dónde puedes celebrar la ceremonia civil?
- Registro Civil, Ayuntamiento o notario: comparativa
- Boda civil exprés: ¿se puede casar rápido y sin ceremonia?
- ¿Cuánto cuesta casarse por lo civil?
- Consejos para que el trámite no retrase tu boda
- Preguntas frecuentes
Puntos clave
- El expediente matrimonial es obligatorio y se tramita en el Registro Civil del domicilio de uno de los contrayentes (o ante notario).
- Documentos básicos: DNI, certificado literal de nacimiento reciente, empadronamiento y declaración de dos testigos.
- El plazo medio de tramitación oscila entre 2 y 6 meses según la comunidad autónoma; inicia el papeleo con al menos 6 meses de antelación.
- La ceremonia puede celebrarse en el juzgado, el ayuntamiento, jardines municipales e incluso fincas privadas con autorización.
- El coste legal es prácticamente cero en el Registro Civil; las tasas de ayuntamiento o notario oscilan entre 50 € y 300 €.
¿Qué es el matrimonio civil y quién puede casarse?
El matrimonio civil es la unión legal reconocida por el Estado español, regulada por el Código Civil. No requiere ningún componente religioso y tiene exactamente los mismos efectos jurídicos que el matrimonio canónico: régimen económico, derechos sucesorios y obligaciones familiares.
Pueden casarse por lo civil todas las personas mayores de edad (o mayores de 16 con emancipación judicial) que no tengan un vínculo matrimonial previo vigente. Desde 2005, el matrimonio civil está abierto a parejas del mismo sexo con idénticos derechos.
Requisitos básicos
- Mayoría de edad o emancipación judicial.
- No estar casado/a previamente (o acreditar divorcio o viudedad).
- Capacidad legal para prestar consentimiento libre.
- No tener parentesco directo en línea recta ni colateral hasta tercer grado.
Desde la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria, el matrimonio civil puede ser autorizado no solo por jueces, sino también por el secretario judicial (letrado de la Administración de Justicia), notario, alcalde o concejal en quien delegue, y juez de paz en los municipios donde lo haya.
Documentos necesarios para casarse por lo civil
La lista puede variar ligeramente según el Registro Civil de tu localidad, pero estos son los documentos que te pedirán en la inmensa mayoría de los casos:
- DNI o pasaporte en vigor de ambos contrayentes (original y copia).
- Certificado literal de nacimiento expedido en los últimos 6 meses. Puedes solicitarlo gratis en la sede electrónica del Ministerio de Justicia o en el Registro Civil del lugar de nacimiento.
- Certificado de empadronamiento de al menos uno de los contrayentes, emitido por el ayuntamiento (acredita el domicilio de los últimos años).
- Declaración jurada de estado civil (fe de soltería, divorcio o viudedad) y declaración de dos testigos que acrediten que los contrayentes pueden casarse y no tienen impedimentos. Los testigos deben presentar su DNI.
- Formulario de solicitud del expediente matrimonial, que proporciona el propio Registro Civil.
Casos especiales
- Divorciados: sentencia de divorcio firme inscrita en el Registro Civil.
- Viudos: certificado de defunción del anterior cónyuge.
- Extranjeros: certificado de estado civil legalizado o apostillado, traducción jurada si procede, y certificado de capacidad matrimonial del consulado. Si la documentación está en otro idioma, casi siempre se exige traducción oficial.
El papeleo puede parecer abrumador, pero si lo añades como tarea a tu checklist de boda con calendario, no se te escapará ningún plazo ni documento.
El expediente matrimonial paso a paso
El expediente matrimonial (también llamado acta o expediente previo) es el trámite administrativo que verifica que los contrayentes cumplen todos los requisitos legales. Sin él, no hay boda civil posible.
- Solicitud en el Registro Civil. Acudid al Registro Civil del domicilio de uno de los dos. Presentad todos los documentos y rellenad el formulario oficial. Consulta los trámites del Ministerio de Justicia para preparar la documentación.
- Publicación de edictos o dispensa. Tradicionalmente se publicaban edictos durante 15 días. Muchos registros ya los sustituyen por una audiencia reservada, pero algunos aún los mantienen.
- Audiencia reservada. Un juez o encargado del Registro entrevista por separado a cada contrayente y a los testigos. Es breve (15-20 minutos) y busca confirmar que el consentimiento es libre.
- Resolución favorable. Si todo está en orden, recibiréis el auto que autoriza la celebración. Este documento tiene una validez de un año.
Desde la reforma de la Ley del Registro Civil, parte del proceso puede gestionarse electrónicamente, aunque la implantación varía por comunidad autónoma.
Plazos y tiempos reales que debes prever
Este es el punto donde más parejas se llevan sorpresas. Los plazos no son uniformes en toda España, y la saturación de los registros civiles puede alargar el proceso considerablemente.
- Madrid y Barcelona: entre 3 y 6 meses desde la solicitud hasta la resolución.
- Capitales de provincia medianas: entre 2 y 4 meses.
- Pueblos y municipios pequeños: pueden ser más rápidos (1-2 meses), pero a veces tienen días de atención limitados.
La recomendación general es iniciar el expediente con al menos 6 meses de antelación respecto a la fecha de boda. Si organizas tu boda con un checklist mes a mes, marca el inicio del expediente entre los 8 y los 6 meses previos.
Ten en cuenta que el certificado de nacimiento caduca a los 6 meses (en algunos registros, a los 3). Si el trámite se alarga, puede que tengas que solicitar uno nuevo.
¿Dónde puedes celebrar la ceremonia civil?
La ceremonia civil no tiene que celebrarse obligatoriamente en un juzgado. La ley permite al juez, alcalde o concejal delegado oficiar el matrimonio en cualquier espacio que se considere digno para el acto.
Opciones habituales
- Juzgado de Paz o Registro Civil: opción gratuita por defecto. Sala funcional y breve.
- Salón de plenos del Ayuntamiento: muchos ayuntamientos habilitan espacios especiales. Algunos cobran una tasa de entre 50 € y 200 €.
- Espacios municipales al aire libre: jardines botánicos, patios de palacios, casas de cultura. Cada municipio publica su oferta.
- Fincas privadas y hoteles: es posible siempre que el juez o concejal acepte desplazarse. Suele implicar una tasa de desplazamiento.
Si buscas el lugar perfecto para vuestra ceremonia, explora nuestra guía de mejores destinos para casarse en España o los destinos de boda en Barcelona para encontrar inspiración por ciudad. Y si dudas con el atuendo, te ayudamos con ideas de vestidos para una boda civil.
Registro Civil, Ayuntamiento o notario: comparativa
Desde 2015 tienes tres vías principales para formalizar tu matrimonio civil. Esta es la comparativa para que elijas la que mejor encaja con vuestra fecha y presupuesto:
| Vía | Coste aproximado | Plazo típico | Ideal para |
|---|---|---|---|
| Registro Civil / Juzgado de Paz | Gratuito | 2-6 meses (según saturación) | Quien prioriza coste cero y no tiene prisa |
| Ayuntamiento | 0 € - 300 € (tasa municipal) | Según agenda del alcalde/concejal | Quien quiere un espacio municipal con encanto |
| Notario | 90 € - 200 € (arancel) | Más ágil y con horario flexible | Quien valora rapidez y flexibilidad de fecha |
En las tres vías necesitas el mismo expediente matrimonial previo; lo que cambia es quién lo tramita y quién oficia la ceremonia.
Boda civil exprés: ¿se puede casar rápido y sin ceremonia?
Mucha gente busca casarse «rápido» o «sin ceremonia», sobre todo cuando el matrimonio responde a motivos prácticos (residencia, fiscalidad, sanidad) más que a una gran celebración. Es totalmente legal, con matices:
- El cuello de botella es el expediente, no la ceremonia. Por mucha prisa que tengas, el expediente matrimonial previo es obligatorio y depende de los plazos del Registro Civil. No existe la boda civil «el mismo día» saltándose ese paso.
- Sí puedes tener una ceremonia mínima. En el juzgado, el acto se reduce a la lectura de los artículos del Código Civil sobre los derechos y deberes conyugales, la prestación del consentimiento ante la autoridad y dos testigos, y la firma. Apenas dura unos minutos: es lo más parecido a casarse «sin ceremonia».
- La vía notarial suele ser la más ágil una vez tienes el expediente resuelto, por su flexibilidad de horarios.
En resumen: «boda civil exprés» significa una ceremonia breve y discreta, no eliminar el trámite legal. Planifica el expediente con tiempo y la celebración podrá ser tan sencilla como queráis.
¿Cuánto cuesta casarse por lo civil?
Casarse por lo civil en el Registro Civil o el juzgado es, en principio, gratuito. Sin embargo, hay costes asociados que conviene contemplar:
- Certificado de nacimiento: gratuito por sede electrónica o entre 3 € y 5 € en ventanilla.
- Certificado de empadronamiento: gratuito en la mayoría de ayuntamientos.
- Tasa del Ayuntamiento por usar un espacio especial: de 50 € a 300 € según municipio.
- Acta notarial (si optáis por casaros ante notario): entre 90 € y 200 €.
- Libro de Familia: gratuito, se expide tras la inscripción del matrimonio.
El coste legal de la boda civil es mínimo comparado con el resto del presupuesto nupcial. Si queréis tener controlados todos los gastos desde el primer día, la calculadora de presupuesto de boda de Weddings.help os ayuda a no dejar nada fuera.
Para una visión completa de lo que cuesta celebrar una boda en España, os recomendamos el artículo sobre cuánto cuesta una boda en España.
Consejos para que el trámite no retrase tu boda
El papeleo de la boda civil es uno de esos «enemigos invisibles» que puede generar estrés innecesario si lo dejáis para el final. Estos consejos prácticos os ahorrarán dolores de cabeza:
- Llamad al Registro Civil antes de ir. Preguntad qué documentos exigen exactamente y si necesitáis cita previa. Cada registro tiene sus particularidades.
- Solicitad los certificados de nacimiento por sede electrónica. Tarda entre 3 y 5 días hábiles y os evitáis desplazamientos innecesarios.
- Elegid testigos fiables y disponibles. Necesitaréis dos personas mayores de edad que os conozcan bien. Deben acudir a la audiencia reservada con su DNI en vigor.
- No reservéis la finca antes de tener el expediente avanzado. Si el registro se retrasa, podéis quedaros con una fecha cerrada y sin autorización para celebrar la boda.
- Guardad copias digitales y en papel de todo. Añadid cada documento como subtarea en vuestro checklist de boda para verificar que nada queda pendiente.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda el expediente matrimonial civil en España?
El plazo medio oscila entre 2 y 6 meses, dependiendo de la saturación del Registro Civil. En grandes ciudades como Madrid o Barcelona puede alargarse hasta medio año; en municipios pequeños suele resolverse en 1-3 meses. Inicia el trámite con al menos 6 meses de antelación respecto a tu fecha de boda.
¿Se puede casar por lo civil rápido o el mismo día?
No el mismo día: el expediente matrimonial previo es obligatorio y depende de los plazos del Registro Civil, que no se pueden saltar. Lo que sí puede ser muy rápido es la ceremonia en sí, que en el juzgado se reduce al consentimiento ante la autoridad y dos testigos y dura unos minutos. Si buscas agilidad, la vía notarial suele ofrecer más flexibilidad una vez resuelto el expediente.
¿Puedo casarme por lo civil en una finca privada?
Sí, siempre que el juez de paz, alcalde o concejal delegado acepte desplazarse al lugar de la ceremonia. Deberás coordinar la disponibilidad con el funcionario y, en muchos municipios, abonar una tasa de desplazamiento que ronda los 100 € a 200 €.
¿Qué diferencia hay entre casarse en el Registro Civil y ante notario?
Desde 2015, los notarios pueden oficiar bodas civiles en España. La diferencia principal es el coste: el Registro Civil es gratuito, mientras que el acta notarial cuesta entre 90 € y 200 €. A cambio, el notario ofrece mayor flexibilidad de horarios y ubicaciones.
¿Pueden casarse por lo civil dos personas extranjeras en España?
Sí, siempre que al menos uno de los contrayentes esté empadronado en España y se aporte la documentación adicional: certificado de capacidad matrimonial, certificado de estado civil legalizado o apostillado y, si procede, traducción jurada. Conviene confirmar los requisitos exactos con el Registro Civil correspondiente, ya que pueden variar según el país de origen.
¿Necesito abogado para casarme por lo civil?
No. El expediente matrimonial es un procedimiento administrativo sencillo que los contrayentes realizan directamente ante el Registro Civil. Solo necesitarías asesoramiento legal en casos especiales como matrimonios con extranjeros o capitulaciones matrimoniales previas.
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